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El Tribunal Supremo en una decisión muy controvertida ha cambiado el criterio sobre quién debe pagar el impuesto de las hipotecas.


La Sentencia del TS del pasado día 16 de octubre, declaró que era el banco quien debía pagar el impuesto de las hipotecas (impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados), y no el cliente.

Esta sentencia, publicada el día 18, suponía un giro radical en el criterio jurisprudencial sustentado hasta el momento. Un día después, el Presidente de la Sala 3ª del TS acordó paralizar los recursos pendientes y convocó al Pleno de la Sala para decidir si este giro jurisprudencial había de ser confirmado, o no.


En el día de ayer, en una ajustada votación 15 votos a favor y 13 en contra, el Pleno adoptó un criterio definitivo dando un nuevo giro a su interpretación. De esta forma, el TS corrige la interpretación que habían formulado los magistrados de la Sala en su Sentencia de 16 de octubre y vuelve a la jurisprudencia anterior que establece que es el cliente quien debe pagar el impuesto, y no el banco.


Es una información elaborada por los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Si lo deseas, puedes consultar la Nota Informativa de la Sala Tercera del Tribunal Supremo del día de ayer, 6 de octubre de 2018, clica aquí.


Fuente: Consejo General del Poder Judicial. Tribunal Supremo. Sala Tercera.

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