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Aplicables desde el día 2 de abril de 2020.


El Gobierno aprobó en el día de ayer una serie de medidas urgentes que afectan a los alquileres de vivienda habitual arrendada a inquilinos en situación de vulnerabilidad económica. Aparecen publicadas en el BOE del día de hoy, 1 de abril de 2020.


Las principales medidas son:

a) la suspensión de los desahucios de vivienda habitual durante seis meses, una vez haya transcurrido el estado de alarma, cuando el inquilino acredite encontrarse en situación de vulnerabilidad social o económica.

b) prórroga extraordinaria por un plazo máximo de seis meses, a solicitud del inquilino, de los contratos de alquiler de vivienda habitual que venzan dentro del período comprendido desde 2 de abril de 2020 hasta el día en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del estado de alarma.

c) Microcréditos a interés 0% para pagar el alquiler de la vivienda habitual. Microcréditos para inquilinos en situación de vulnerabilidad social o económica, sin intereses ni gastos, avalados por el Estado, con plazo de devolución de hasta seis años, prorrogable excepcionalmente por otros cuatro. El crédito deberá dedicarse al pago de la renta del arrendamiento de la vivienda y podrá cubrir un importe máximo de seis mensualidades de renta.

d) Arrendamientos de vivienda habitual que sean propiedad de grandes tenedores. Entendiendo por gran tenedor la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos (excluyendo garajes y trasteros), o una superficie construida de más de 1.500 m2.

El RDL ofrece al gran tenedor dos alternativas:

– una reducción del 50% de la renta (de la vivienda habitual), durante el tiempo que dure el estado de alarma y un máximo de cuatro mensualidades más en casos especiales.

– una moratoria en el pago de la renta (de la vivienda habitual), durante el período que dure el estado de alarma y un máximo de cuatro mensualidades más en casos especiales, mediante el fraccionamiento de las cuotas durante al menos tres años, sin intereses.


Para cualquier aclaración o ampliación de la información, no dudes en contactar con info@cpureus.com.

La Cámara sigue a tu lado. 


Es una información de los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Fuente: BOE Nº 91, de 1 de abril de 2020. Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

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