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La citación no puede considerarse correctamente realizada ya que son nulas las posibilidades de que la misma llegara a poder del copropietario dentro del mismo día.

1. La vigente Ley sobre Propiedad Horizontal exige que la citación para la junta ordinaria anual se haga, cuando menos, con seis días de antelación a su celebración (artº 16.3 de la Ley de Propiedad Horizontal).

[Nota: en la legislación catalana, 8 días, artº. 553-21-2, Ley 5/2015, de modificación del libro quinto del C.C. de Catalunya].

2. La carta que contenía la citación se depositó en el buzón de Correos al sexto día natural anterior a la convocatoria, es decir, en el límite del plazo legal establecido.

3. La citación no puede considerarse correctamente realizada al ser nulas las posibilidades de que la carta llegara a poder del copropietario citado dentro de plazo, es decir, en el mismo día.

4. La Audiencia Provincial de Málaga –en sentencia de 10 de julio de 2017-, declara nula la Junta de Propietarios.


Si deseas consultar el texto íntegro de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, clica aquí.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial; y Servicios de Gestión de Comunidades de Propietarios y Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.

 

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