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Delito continuado de estafa. La Audiencia Provincial de Zaragoza condena a 3 años y medio de prisión a un administrador de comunidades por estafar 53.330 euros a uno de los copropietarios que estaba legalmente incapacitado.

1. Los hechos:

a. Copropietario incapaz que ingresa una importante cantidad de dinero:

El administrador conocía que el coproprietario R. B. de una de las comunidades que administraba había sido declarado incapaz y que se había ingresado una importante cantidad de dinero en la cuenta bancaria del incapaz por la venta de un inmueble.

b. Cargos y transferencias hasta conseguir la cantidad de 53.330 euros:

A partir del 15 de noviembre de 2013, y durante el año 2014, y hasta el 8 de agosto de 2015, el administrador realizó sin autorización –utilizando un sistema informático-, una serie de varias transferencias y disposiciones en efectivo por distintos importes, cargando recibos, algunos de las comunidades que administraba, otros de otra empresa, y otros a su propio nombre, hasta conseguir la cantidad de 53.330 euros.

2. Delito continuado de estafa:

La Audiencia le considera autor  del delito continuado de estafa (arts. 282.a y 250.1.5º del Código Penal), con la concurrencia de agravante de reincidencia (art. 22.8 del Código Penal), más responsabilidad civil.


Si deseas consultar el comunicado oficial del Consejo General del Poder Judicial, y el texto íntegro de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, de 23 de febrero de 2017, clica aquí.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial; y Servicios Jurídicos de la Cambra de la Propietat Urbana de Reus.

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