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Se consulta a la Dirección General de Tributos si puede considerarse incluido el IVA en el precio pactado.

1. Antecedentes:

Las partes suscribieron un contrato de arrendamiento de un local de negocio en el cual se pactó una renta mensual de 2.650 euros al mes.

En las cláusulas del contrato no se efectuó ninguna previsión respecto al IVA de esta operación.

2. El criterio de la Dirección General de Tributos. Consulta vinculante V1716-17, de 4 de julio:

La normativa del IVA no hace mención a este supuesto, por lo cual se tendrá que estar a lo acordado entre las partes.

No obstante, la Ley del IVA (artº. 78.4), dispone que cuando las cuotas del IVA no se hubiesen repercutido expresamente en la factura, se entenderá que la operación no incluyó dichas cuotas.

Fuente: Dirección General de Tributos. Consulta Vinculante V1716-17, de 4 de julio; y Servicios Fiscales de la Cambra de la Propietat Urbana de Reus.

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