El Tribunal Constitucional ha estimado un recurso de amparo presentado por la propietaria de una vivienda y declara la nulidad de las resoluciones judiciales que suspendieron el lanzamiento del okupante ilegal.
El Tribunal Constitucional considera que el Juzgado aplicó de manera arbitraria el artículo 1 del R. D-L. 11/2020, destinado a arrendatarios vulnerables (a consecuencia de la situación de vulnerabilidad económica derivada de la pandemia del COVID-19), en lugar del artículo 1 bis, aplicable a ocupantes sin título.
Este cambio de criterio, sin motivación suficiente, vulneró el derecho de la propietaria a la tutela judicial efectiva.
La sentencia subraya que los requisitos para la suspensión del lanzamiento son distintos según el artículo aplicable, y que la decisión judicial sustrajo de manera arbitraria el caso del ámbito del artículo 1 bis.
Es una noticia elaborada por URBS, Despacho Jurídico de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.
En este link podrás leer la Nota 91/2025 del Tribunal Constitucional.
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Fuente: Tribunal Constitucional. Sentencia 91/2025, de 7 de abril.

