Según la Sentencia la cláusula que regula el interés del préstamo hipotecario en base al índice de referencia de las cajas de ahorro (IRPH), está comprendido en el ámbito de la Directiva europea sobre cláusulas abusivas.
¿Por qué?
Porque esta cláusula no refleja disposiciones legales o reglamentarias de carácter imperativo.
En caso de dictaminarse que la cláusula es abusiva, podrá substituirse por un índice supletorio.
Los Tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características sean de carácter claro y comprensible. Y si dichos tribunales llegaran a la conclusión de que esas cláusulas son abusivas, podrán substituirlas por un índice legal aplicable de manera supletoria, para evitar la anulación del contrato de préstamo.