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La moratoria se amplía a empresarios y profesionales y propietarios arrendadores.


El RDL. 11/2020, establece que la moratoria dela deuda hipotecaria del RDL. 8/2020, inicialmente prevista para la vivienda habitual de las personas físicas se extiende a dos nuevos colectivos.

De esta forma, la moratoria hipotecaria se podrá aplicar a los préstamos contratados para la adquisición de:

1. vivienda habitual.

2. inmuebles afectos a la actividad económica de empresarios y profesionales.

3. viviendas distintas a la habitual, propiedad de personas físicas que tengan el piso alquilado e hipotecado y no perciban la renta por estar el inquilino afectado por las medidas de vulnerabilidad a consecuencia del coronavirus.


Para cualquier aclaración o ampliación de la información, no dudes en contactar con info@cpureus.com.


La Cámara sigue a tu lado. 


Es una información de los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Fuente: RDL. 8/2020, de 17 de marzo (BOE Núm. 73, de 18 de marzo de 2020) y RDL. 11/2020, de 31 de marzo. (BOE Núm. 91, de 1 de abril de 2020).

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