La moratoria se amplía a empresarios y profesionales y propietarios arrendadores.
El RDL. 11/2020, establece que la moratoria dela deuda hipotecaria del RDL. 8/2020, inicialmente prevista para la vivienda habitual de las personas físicas se extiende a dos nuevos colectivos.
De esta forma, la moratoria hipotecaria se podrá aplicar a los préstamos contratados para la adquisición de:
1. vivienda habitual.
2. inmuebles afectos a la actividad económica de empresarios y profesionales.
3. viviendas distintas a la habitual, propiedad de personas físicas que tengan el piso alquilado e hipotecado y no perciban la renta por estar el inquilino afectado por las medidas de vulnerabilidad a consecuencia del coronavirus.
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Es una información de los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.