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Incluye una serie de cambios técnicos con el objetivo de reducir accidentes.


Determina los estándares que tiene que cumplir un ascensor para dar servicio.

¿Cuándo entra en vigor?

La normativa entra en vigor el próximo 1 de julio. Los ascensores pasan la inspección técnica cada 4 años. Por ello, si la revisión es después del 1 de julio ya estará en vigor la nueva normativa y todos sus cambios.

La inspección técnica determinará qué cambios deberán efectuarse y el plazo en que deben realizarse, los cuales podrán ser de 6 meses a 1 año o hasta la próxima revisión.

¿Cuáles son los principales estándares técnicos a cumplir?

Mejora del sensor de puertas automáticas. A partir de la nueva normativa los ascensores deberán contar con un sensor que abarque todo el recorrido de la puerta para detectar obstáculos desde la parte superior de la misma hasta el nivel del suelo. Con esta medida se evitan cierres de puerta a pesar de extender el brazo o que algunas mascotas con correa se queden encerradas en el ascensor al no haberse detectado.

Nivelación. De acuerdo con la nueva normativa, la parada del ascensor deberá quedar alineada con el piso, con un margen de un centímetro, con el fin de evitar que personas (mayores o afectadas por minusvalías), tropiecen al acceder al ascensor o a la salida.

Pesacargas. Deberán poseer un pesacargas en la cabina. Con ello el ascensor quedará paralizado en el caso de superarse los límites de peso. En los casos en que no existe pesacargas, el ascensor funciona más lentamente y existe el riesgo de que la parada sea menos precisa.

¿Quiénes son los responsables de la adecuación a la nueva normativa?

Los responsables son las empresas mantenedoras y los titulares de los ascensores. Estos últimos suelen ser comunidades de propietarios, pero también pueden serlo empresas y particulares.

¿Qué gestiones deben hacer lo titulares?

Esencialmente se ha de pasar la revisión obligatoria en la fecha que corresponda y atender a las observaciones técnicas que deriven de dicha inspección.


En caso de tener dudas sobre esta nueva normativa y su aplicación, puedes acudir a los Servicios Jurídicos de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus y a su Departamento de Gestión de Comunidades de Propietarios.

Si quieres acceder al contenido íntegro de la normativa, clica sobre este enlace.


Fuente: Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. BOE. Nº 91, de 13-abril-2024.


 

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