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Nuevo Decreto ley para regular los pisos de uso turístico.


¿A quién afecta?

Afecta a 262 municipios catalanes. Se calcula que la obligación de obtener la nueva licencia afectará 95.094 pisos existentes en los 262 municipios afectados.

La regulación afecta a pueblos y ciudades con problemas de acceso a la vivienda, que ya tienen más de 5 pisos turísticos por cada 100 habitantes o bien que cumplen ambos requisitos.

Encontrarás la relación de municipios afectados en el anexo del Decreto ley. Ver el link al final de este artículo.


Limitación del otorgamiento de licencias

Estos municipios no podrán otorgar licencias de apertura de pisos turísticos hasta que adapten su planeamiento urbanístico al nuevo Decreto ley.

Se podrán otorgar como máximo 10 licencias de pisos turísticos por cada 100 habitantes.

Los nuevos pisos turísticos que se quieran instalar deberán pedir una licencia urbanística municipal y una autorización turística previamente a la apertura, que serán vigentes durante 5 años renovables.


Necesidad de modificar el planeamiento urbanístico

Los ayuntamientos deberán modificar su planeamiento urbanístico para permitir expresamente la compatibilidad del uso turístico con el de vivienda.

Deberán justificar que cuentan con suficiente suelo para viviendas destinadas al domicilio habitual y permanente de la población residente.


Situación de los pisos turísticos ya existentes

Los titulares dispondrán de 5 años para solicitar la nueva licencia urbanística, a contar desde la entrada en vigor del Decreto ley, o deberán cesar la actividad.

En estos 5 años, los ayuntamientos afectados tendrán que haber modificado su planeamiento municipal y, por tanto, estar en condiciones de dar respuesta a estas solicitudes.

No obstante, los titulares podrán solicitar al ayuntamiento una prórroga de 5 años más si acreditan que no pueden compensar les pérdidas patrimoniales. El régimen transitorio de 5 años, y la eventual prórroga de 5 años más, operarán como mecanismo indemnizatorio.


Si deseas conocer el contenido íntegro del Decreto ley 3/2023, clica en este enlace.

Es una información elaborada per la Asesoría Jurídica de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Fuente: DECRETO LEY 3/2023, de 7 de noviembre, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico. Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, Núm. 9036, de 8-11-2023.


 

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