/* google analytics */

Nuevas normas para proteger los edificios.


A. ¿Qué es el radón?

Según datos de la OMS:

  • El radón es un gas radiactivo de origen natural, que tiende a concentrarse en interiores, como en viviendas, escuelas y lugares de trabajo.
  • El radón es la segunda causa más importante de cáncer de pulmón después del tabaco.
  • Se estima que la proporción de los casos de cáncer de pulmón a nivel nacional atribuibles al radón con respecto al total varía de un 3% a un 14%, en función de la concentración media nacional de radón y de la prevalencia de consumo de tabaco.
  • No se conoce un umbral por debajo del cual la exposición al radón no suponga ningún riesgo. Cuanto menor sea la concentración de radón en una vivienda, menor será el riesgo de cáncer de pulmón.
  • Existen métodos probados, duraderos y costoeficaces para prevenir la filtración de radón en viviendas de nueva construcción y reducir su concentración en las viviendas existentes.

B. Nuevas normas en España:

El reciente RD. 732/2019, de 20 de desembre, ha modificado el Código Técnico de la Edificación (CTE), para que se dispongan los medios para eliminar el riesgo previsible de exposición inadecuada en el interior de los edificios, a radón procedente del terreno, situados en los términos municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable.

Este RD, constituye la transposición parcial de la Directiva Europea 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013.


C. Entrada en vigor y aplicación:

– El RD. 732/2019 ha entrado en vigor el pasado día 28 de diciembre de 2019.

– Aplicación progresiva:

1. Edificaciones a las que NO será de aplicación el RD. 732/2019:

Las nuevas normas del Código Técnico de la Edificación, no serán de aplicación a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes que en fecha 28 de diciembre de 2019, ya tengan solicitada la licencia municipal de obras (si bien las obras se deberán iniciar dentro del plazo máximo de eficacia de la licencia, y, en su defecto, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la licencia).

2. Edificaciones a las que será de aplicación VOLUNTARIA el RD. 732/2019:

Las nuevas normas del Código Técnico de la Edificación, serán de aplicación voluntaria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes, para las que se solicite licencia municipal de obras antes del día 28 de junio de 2020 (si bien las obras se deberán iniciar dentro del plazo máximo de eficacia de la licencia, y, en su defecto, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la licencia).

3. Edificaciones a las que será de aplicación OBLIGATORIA el RD. 732/2019:

Las nuevas normas del Código Técnico de la Edificación, serán de aplicación obligatoria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes, para las que se solicite licencia municipal de obras a partir de 28 de junio de 2020.


Es una información elaborada por los Servicios Jurídicos y el Departamento de Arquitectura de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.

Puedes leer el texto íntegro del RD. 732/2019, de 20 de diciembre, clicando aquí.


Para saber más, puedes leer la información de la Organización Mundial de la Salud (OMS), clicando aquí.

También te puede interesar la información del Consejo de Seguridad Nuclear de España (CSN), clica aquí si deseas ampliar tu información.


Fuentes: 1. Boletín Oficial del Estado Nº 311, de 27/12/2019, Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. 2. Organización Mundial de la Salud (OMS): “El radón y sus efectos en la salud”. 3. Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), monografías, “Mapas de radiación natural”.

 

Al servicio de Propietarios y Comunidades de propietarios

Comunidades de propietarios

Asesoría legal y defensa jurídica

Seguros

Administración de fincas y patrimonios

Fianzas

Contratos de alquiler y otros

Compraventa y alquiler

Aseroría y gestión fiscal

Cedulas de habitabilidad y certificaciones energéticas