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En el caso de contribuyentes fallecidos durante 2017, el impuesto se devengará en el momento del fallecimiento y el período impositivo resultará inferior al año natural.

1. Deberá presentarse la declaración en modalidad individual:

En el supuesto de fallecido integrante de una unidad familiar, los restantes miembros de la misma podrán optar por la tributación conjunta pero sin incluir las rentas del fallecido.

La declaración del fallecido deberá presentarse en modalidad individual.

2. Si el resultado a devolver: documentación que se debe presentar:

En caso de resultado a devolver, para tramitar la devolución deberá aportarse por los sucesores del fallecido, a través de registro presencial o telemático, la siguiente documentación:

2.1. Si el importe a devolver es inferior o igual a 2.000 €:

  • Certificado de defunción.
  • Libro de Familia completo.
  • Certificado del Registro de Últimas Voluntades.
  • Testamento (sólo si figura en el certificado de últimas voluntades).
  • En el supuesto de que haya varios herederos y se desee que el importe de la devolución sea abonado a uno de ellos, autorización escrita y firmada con fotocopia del DNI de todos ellos.
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de las personas que van a cobrar la devolución.

 2.2. Si el importe a devolver es superior a 2.000 €:

  • Certificado de defunción.
  • Libro de Familia.
  • Certificado del Registro de Últimas Voluntades.
  • Testamento o Acta Notarial de Declaración de Herederos.
  • Justificante de haber declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el importe de la devolución.
  • En el caso de existir varios herederos y que el medio de pago elegido sea la transferencia, certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de todos los herederos o, en su caso, Poder Notarial a favor de alguno/s de ellos.

3. Modelo a cumplimentar: H-100:

Los sucesores del fallecido podrán cumplimentar el impreso modelo H-100, “Solicitud de pago de devolución a herederos”.


Información elaborada por el Servicio Fiscal y el Servicio de Herencias de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.

Si deseas que elaboremos tu Declaración de la Renta-ejercicio 2017, contacta con nosotros. Sin compromiso. Te podemos ayudar.


Fuente: Agencia Tributaria.

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