El Pleno del TC acuerda levantar la suspensión que afectaba a determinados artículos de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/2017, de 15 de febrero, del Libro Sexto del Código Civil catalán, relativo a las Obligaciones y Contratos (TC Auto nº. 131/2017, de 3 de octubre).
La referida Ley 3/2017, regula, entre otros, los contratos de compraventa, permuta, masovería urbana, construcción futura, violario, alimentos y censo.
Sin perjuicio de ulteriores pronunciamientos que pueda dictar el Tribunal Constitucional, los preceptos de esta Ley entran en vigor el día 1 de enero de 2018.
La Cambra dio puntual información tanto de la aprobación de la Ley (notícia del 23 de febrero de 2017), como de la interposición del recurso de inconstitucionalidad y la automática suspensión de la Ley (notícia del 23 de junio de 2017).