La aseguradora de la comunidad de propietarios también debe abonar la indemnización derivada del incendio de una de las viviendas.
El incendio declarado en la vivienda ocasionó daños en la misma y también en diversos elementos comunes de la comunidad de propietarios.
El copropietario tenía asegurada su vivienda y a su vez la comunidad tenía asegurado el conjunto del edificio.
La Audiencia Provincial de Granada, en una interesante sentencia, declara que la compañía aseguradora del edificio tiene la obligación de indemnizar los daños por incendio (que era uno de los riesgos asegurados), en iguales términos que la compañía aseguradora de la vivienda del copropietario.
Es una información elaborada por los Servicios Jurídicos y el Departamento de Gestión de Comunidades de Propietarios de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.
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Fuente: Consejo General del Poder Judicial. Audiencia Provincial de Granada, Sección 5ª. Sentencia Nº 476, de 21 de diciembre de 2018. Ponente: GARCÍA SÁNCHEZ, José Manuel.