Contratos de alquiler
Seguridad y confianza
Security and trust
Contratos de alquiler
- Somos especialistas en contratos de arrendamiento.
- También redactamos contratos de compraventa, arrendamiento con opción de compra, permuta…
- Los gastos de adquisición de contratos se pueden descontar del impuesto de la Renta
- Obtén un doble beneficio: Seguridad y ahorro fiscal
- Porque las cosas bien hechas y con cuidado, evitan posteriores problemas.
Qué hacemos:
Presencial:
- Si quieres hacer un contrato de vivienda o de local de negocio, los abogados de la Cámara te preparan y redactan el contrato, adaptado a las necesidades del propietario y del arrendatario.
- Atención presencial y personalizada. Tan sólo has de pedir hora
Compra OnLine
- También puedes comprar on line los contratos exclusivos de la Cámara, actualizados y puestos al día. Incluye guía gratuita para rellenar el contrato
- Si eres socio, compra el contrato desde el Área privada socios para beneficiarte de los descuentos.
Contrato Vivienda 5
60€
Agotado
- Propietario persona física
- Duración mínima 5 años
- Incluye guía gratis para rellenar el contrato
- Importante: Recuerda que solo se podrá realizar una sola descarga por contrato. En caso de incidencia podéis contactar info@cpureus.com
Contrato vivienda 7
60€
Agotado
- Propietario persona jurídica
- Duración mínima 7 años
- Incluye guía gratis para rellenar el contrato
- Importante: Recuerda que solo se podrá realizar una sola descarga por contrato. En caso de incidencia podéis contactar info@cpureus.com
Contrato local de negocio
34€
- Contrato local de negocio
- Incluye guía gratis para rellenar el contrato
- Importante: Recuerda que solo se podrá realizar una sola descarga por contrato. En caso de incidencia podéis contactar info@cpureus.com
Más información:
Duración mínima de los contratosde vivienda
- La duración mínima del arrendamiento de vivienda es de 5 años si el propietario es persona física, o de 7 años si el propietario es persona jurídica.
Preaviso para no renovar el contrato de vivienda
- Llegada la fecha de vencimiento del contrato, si las partes no quieren continuar con el alquiler, el propietario deberá preavisar al inquilino con 4 meses de antelación, y el inquilino deberá preavisar con 2 meses. Si no se efectúa el preaviso, el contrato se prorrogará por plazos anuales hasta un máximo de 3 años más.
Si el propietario necesita el piso para él, ¿puede resolver el contrato antes de que finalice el período concertado?
- No procederá la prórroga del contrato si en este consta de forma expresa la necesidad del propietario de ocupar la vivienda para destinarla a vivienda permanente para él o sus familiares directos, o para el cónyuge en los supuestos de separación o divorcio. El propietario ha preavisar al inquilino con 2 meses de antelación.
- Se requiere que haya transcurrido 1 año de contrato y que el arrendador sea persona física.
Duración de los contratos de local de negocio y otros usos diferentes a la vivienda
- Los contratos de locales de negocio y otros usos diferentes a la vivienda tendrán la duración que libremente pacten las partes. La ley establece el libre pacto entre las partes y, supletoriamente, el Código Civil.
Clases de contratos: de vivienda y para usos diferentes
- Vivienda: La ley considera arrendamientode vivienda aquel que recae sobre una edificación habitable destinada a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
- Local de negocio y uso diferente a la vivienda: La ley considera arrendamiento para uso diferente del de vivienda aquel que recae sobre una edificación, y tiene como destinación principal una de diferente a la de vivienda. En especial, lo son los arrendamientos de fincas urbanas suscritos por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los suscritos para ejercer en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, sean quienes sean las personas que los suscriban
Clases de contratos: de vivienda y para usos diferentes
- Vivienda: La ley considera arrendamientode vivienda aquel que recae sobre una edificación habitable destinada a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
- Local de negocio y uso diferente a la vivienda: La ley considera arrendamiento para uso diferente del de vivienda aquel que recae sobre una edificación, y tiene como destinación principal una de diferente a la de vivienda. En especial, lo son los arrendamientos de fincas urbanas suscritos por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los suscritos para ejercer en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, sean quienes sean las personas que los suscriban
Horarios mañanas:
Lunes a Viernes de 8h a 14h
Horario tardes:
Martes y Jueves de 16h a 19h
Horario de fianzas mañanas:
Lunes a Viernes de 8h a 13h
Horario de fianzas tardes:
Martes y jueves de 16h a 18h
Apostamos por la formación de nuevos valores
We believe in developing new talent
En convenio con la Universidad Rovira i Virgili (URV) formamos alumnos de final de la carrera de Ciencias Jurídicas, donde adquieren experiencia y facilidades para la incorporación en el mundo laboral.
La Cámara con el conocimiento y la innovación.