/* google analytics */

El criterio de Hacienda es que las ganancias patrimoniales originadas por una subvención, se imputarán únicamente al contribuyente al que se le ha concedido la subvención.


1. Antecedentes:

a. La Comunidad de propietarios efectuó una reforma de la escalera y del ascensor y solicitó una subvención a la Administración.

b. En la escritura de compraventa del piso se pactó que los antiguos propietarios serían los beneficiarios de la subvención, la cual sería entregada directamente por los compradores a los vendedores tan pronto se recibiera.

c. La Administración abona la subvención a los actuales propietarios, es decir a los compradores y no a los vendedores.


2. Consulta efectuada a la Dirección General de Tributos:

¿Quién es el obligado tributario al percibir la subvención? ¿Los vendedores o los compradores?


3. La respuesta de la Dirección General de Tributos:

El obligado tributario por la ganancia patrimonial derivada de la subvención es la persona que recibe la subvención, es decir, los compradores, con independencia de los pactos de la escritura de compraventa.


4. Un paliativo para los compradores:

Hacienda considera que el importe de la subvención que los compradores han de entregar a los vendedores en virtud de los acuerdos adoptados en la escritura de compraventa, debe considerarse como una obligación asumida por los compradores para la adquisición de la vivienda, con lo cual dicho importe constituirá un mayor valor de adquisición de ésta a efectos de futuras transmisiones.


Información elaborada por el Departamento de Gestión de Comunidades de Propietarios y el Departamento de Asesoría y Gestión Fiscal de la Cámara de la Propiedad Urbana de Reus.


Puedes ampliar la información consultando el texto íntegro de la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V1637-21.


Fuente: Ministerio de Hacienda. Dirección General de Tributos, Consulta Vinculante V1637-21.


Imagen: Cottonbro.

Al servicio de Propietarios y Comunidades de propietarios

Comunidades de propietarios

Asesoría legal y defensa jurídica

Seguros

Administración de fincas y patrimonios

Fianzas

Contratos de alquiler y otros

Compraventa y alquiler

Aseroría y gestión fiscal

Cedulas de habitabilidad y certificaciones energéticas

Oficina Reus

Plaça de Catalunya 5

43201 Reus

977 127 700

Oficina Cambrils

Plaça de la Vila 12

43850 Cambrils

977 792 056

La Cámara más social